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No. 119/120 - Setiembre/Octubre 2001

La crisis de la salud

Alta tasa de mortalidad en los países en desarrollo

por Cecilia Oh - Martin Khor

Existe una inquietud general debido al alto precio de los medicamentos. Lo que más despierta el interés público, en este momento, es la crisis de la salud en los países en desarrollo.

Alrededor de 14 millones de personas mueren cada año de enfermedades infecciosas que en muchos casos –como las infecciones respiratorias agudas, diarrea, malaria y tuberculosis- se pueden evitar o curar. Se supone que cerca de 45 por ciento de las muertes que se producen en Africa y el sudeste asiático son causadas por una enfermedad infecciosa (1). La tasa de mortalidad es inaceptablemente alta en los países en desarrollo, a pesar de que los indicadores de salud han mejorado en varias partes del mundo. Esta crisis de la salud se debe a varios factores interrelacionados entre sí, como la pobreza y la falta de acceso a los servicios de salud, entre ellos agua potable y saneamiento.

Sin embargo, un factor central en la promoción de la salud pública –y a menudo de vida o muerte- es la existencia de medicamentos y tratamientos eficaces y accesibles para la población. En el caso del VIH/sida, se trata de una tragedia humana de dimensiones impensables. De los 36 millones de personas que sufren de VIH/sida en el mundo entero, 25 millones viven en Africa subsahariana. En ciertos países africanos, más de un cuarto de la población adulta está infectada con el VIH y se calcula que la esperanza de vida disminuirá notoriamente en los próximos 10 años. Por ejemplo, se prevé que la esperanza de vida en Sudáfrica se reducirá 20 años para el 2010, debido a la propagación del VIH/sida.

Esta epidemia ha puesto el foco de atención sobre el acceso a los medicamentos esenciales. En los países industrializados, las muertes por sida disminuyeron notoriamente en parte gracias al acceso a medicamentos específicos. Sin embargo, el costo de un tratamiento estándar, que consiste en una combinación de tres medicamentos antirretrovirales, se calcula entre 10.000 y 15.000 dólares, según The Guardian del 12 de febrero de 2001. Dicho precio hace que el tratamiento esté fuera de alcance para la mayoría de la población del Sur en desarrollo, donde vive 95 por ciento de las personas con VIH. Por eso, la opinión pública de todo el planeta ha manifestado su inquietud respecto de la crisis de salud pública que padecen los países del Sur a causa del precio exorbitante de los tratamientos médicos. Los medicamentos para el VIH/sida constituyen un ejemplo extremo, pero también existen muchas otras enfermedades mortales cuyo tratamiento resulta demasiado costoso y esto se debe simplemente a que la industria farmacéutica que posee o controla las patentes han logrado bloquear la competencia de otras empresas y otros productos. El precio de los medicamentos patentados tiene una relación estrecha con los monopolios de las grandes compañías farmacéuticas, que se protegen y se mantienen gracias a los derechos que perciben por las patentes.

El acuerdo sobre TRIPS y las patentes de medicamentos

Los derechos de patente se propagan por el mundo a través de las cláusulas del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (TRIPS) de la Organización Mundial de Comercio (OMC). Sus defensores alegan que las patentes y otros derechos de propiedad intelectual son esenciales para promover la investigación y el desarrollo, así como para estimular la innovación. Sin embargo, hay escasas pruebas de que la introducción de estándares de protección de los derechos según el Acuerdo sobre TRIPS haya promovido transferencia de tecnología, investigación y desarrollo o innovación en los países del Sur.

Las grandes compañías hacen uso intensivo del sistema de patentes con el fin de evitar la competencia y proteger sus mercados. Este uso estratégico del sistema de patentes causa un efecto de asfixia para la investigación, lo cual impide la innovación y restringe el flujo de información en los países en desarrollo. Se intenta justificar la protección de las patentes con el argumento de que el efecto negativo de los monopolios se contrarresta con el incentivo a la actividad creativa, la innovación y la investigación y desarrollo. Pero esta idea está siendo cuestionada porque el precio para la competencia es muy alto, debido a lo estricto de la protección de las patentes. En el sector de la salud y la industria farmacéutica, este sacrificio acarrea consecuencias de vida o muerte.

La implementación del Acuerdo sobre TRIPS implica ciertas condiciones que pueden dejar a millones de personas del mundo en desarrollo sin acceso a medicamentos esenciales. El Acuerdo sobre TRIPS obliga a los países miembros de la OMC a adoptar y cumplir con normas de estricta protección de los derechos de propiedad intelectual que se derivan de los que se utilizan en los países industrializados. Antes de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales multilaterales que dio origen a la OMC, cerca de 50 países no otorgaban patentes a los productos farmacéuticos (2). Entre esos países había algunos del Norte, como España y Portugal, y muchos del Sur, como Brasil, Egipto, India y México. Varios gobiernos de países del Sur sostenían que dicha norma era necesaria para promover el acceso a medicamentos a precios competitivos. El cumplimiento del Acuerdo sobre TRIPS –es decir, reconocer y fortalecer la protección de los derechos intelectuales para los productos y procedimientos farmacéuticos- causará problemas para los países en desarrollo, ya que aumentará el precio de los medicamentos, se reducirá el acceso a los mismos y se debilitará la industria farmacéutica de dichos países.

Se teme también que la protección de patentes para los productos farmacéuticos reduzca o elimine la competencia de la producción genérica de medicamentos. Existen 10 países industrializados que tienen una industria farmacéutica y una base de investigación capaz de desarrollar nuevas sustancias químicas o medicamentos. Las compañías multinacionales de dichos países son dueñas de las patentes de la mayoría de las tecnologías y productos (3).

El plazo mínimo de 20 años que el Acuerdo sobre TRIPS establece para la protección de una patente otorga a las compañías farmacéuticas el monopolio sobre la producción, la comercialización y la fijación de precios de los medicamentos patentados. De ese modo, la empresa puede mantener un precio de venta alto durante el tiempo de vigencia de la patente, ya que no tiene competencia. Gracias al Acuerdo sobre TRIPS, ningún equivalente genérico tiene acceso al mercado hasta el vencimiento de la patente, a los 20 años, con lo cual se le niega a los enfermos el acceso a alternativas más baratas.

La producción doméstica de productos farmacéuticos en los países en desarrollo quedará detenida. Estos países pueden producir medicamentos nuevos mediante el proceso de ingeniería reversa, que consiste en que los investigadores desarrollen un nuevo procedimiento diferente del inventado y protegido con una patente a fin de fabricar un nuevo medicamento o sustancia química. Esta modalidad, por lo tanto, sólo es posible en países donde las leyes sobre patentes protegen los procedimientos pero no los productos. Sin embargo, el Acuerdo sobre TRIPS extiende el alcance de la protección de patentes a ambos, de manera que será posible pedir la patente para un producto por 20 años y luego se podría aprovechar 20 años más de derechos por los procedimientos patentados.

Algunos expertos han advertido que el período de protección de 20 años también puede aprovecharse para extender el monopolio a través de la patente al procedimiento, así como de la protección del modo de uso, la dosis y la combinación. En Estados Unidos, por ejemplo, las patentes funcionan para nuevas combinaciones de medicamentos aunque la patente del medicamento básico –es decir, el ingrediente activo- esté vencida. La protección de los monopolios se podría extender mediante cambios mínimos a los medicamentos existentes cuya patente esté vencida.

Los productores farmacéuticos de los países en desarrollo se verán marginados del mercado, al tener que competir con las grandes compañías multinacionales. Los pequeños productores del Sur que se especializan en la fabricación de alternativas genéricas más baratas, y dependen de ellas, ya no podrán hacerlo, al menos durante el período de 20 años durante los cuales rige la patente. En ciertos países en desarrollo, la capacidad de producción doméstica puede no desarrollarse nunca.

El Acuerdo sobre TRIPS exige que se otorguen patentes sin tener en cuenta si el producto es importado o se produce a nivel local. Esto significa que el dueño de la patente puede importar su producto sin tener que "trabajar" la patente en el país que le pagará los derechos de protección intelectual. Esto, a su vez, implica que una empresa multinacional podrá suministrar sus productos a todos los mercados con su patente monopólica exportando el producto terminado en lugar de transferir tecnología o hacer una inversión extranjera directa. Así, se desdibuja el argumento de los defensores del Acuerdo sobre TRIPS, según el cual los regímenes de estricta protección de patentes favorecen el incremento de los flujos de tecnología y de inversión hacia los países en desarrollo.

Los defensores del Acuerdo sobre TRIPS y la industria farmacéutica alegan que la protección de las patentes es esencial para alentar la investigación y desarrollo de nuevos medicamentos, pero hay escasas muestras de que este sistema fomente la inversión en investigación y desarrollo para encontrar medicamentos contra las enfermedades que padecen los pobres del mundo. De las 1.223 nuevas sustancias químicas que se desarrollaron en el período 1975-1996, sólo 11 están destinadas al tratamiento de enfermedades tropicales (4). El último gran medicamento contra la tuberculosis se desarrolló hace 30 años, aunque dicha dolencia sigue siendo la principal causa de muerte en muchos países en desarrollo.

Es preocupante ver que la investigación del sector farmacéutico se concentra en productos destinados a los mercados lucrativos del mundo industrializado, dado el aumento de la inversión en investigación y desarrollo de sustancias para la impotencia, la obesidad y la calvicie, en lugar de en nuevos medicamentos –más eficaces- contra las mortales "enfermedades del mundo en desarrollo", entre las cuales figuran la malaria y la tuberculosis.

Grupos de la sociedad civil y organizaciones no gubernamentales (ONG) han pedido que se enmiende el Acuerdo sobre TRIPS con el fin de establecer un equilibrio entre la protección de los derechos privados y los intereses comerciales, por un lado, y la promoción del interés público en el desarrollo socioeconómico y tecnológico de los países miembros, incluso la salud pública, por otro. La crítica al régimen del Acuerdo va en aumento, al igual que los cuestionamientos a la legitimidad de las patentes sobre los medicamentos contra enfermedades mortales y los monopolios mundiales de las empresas farmacéuticas, posibles gracias al sistema de patentes.

La opinión pública demuestra una creciente inquietud porque el actual modelo de protección de los derechos de propiedad intelectual está demasiado inclinado a favor de los derechos privados y contra el interés público. El ultraje público debido al precio de los medicamentos contra el VIH/sida ha empeorado la percepción ya negativa sobre el sistema de los derechos intelectuales y también del papel del Acuerdo sobre TRIPS.

Todo esto ha provocado una crisis de legitimidad para el Acuerdo sobre TRIPS. En los seis años que han pasado desde su entrada en vigor, se han ido multiplicando las pruebas de los problemas sociales y económicos surgidos a partir de la introducción de derechos de propiedad intelectual más estrictos debido a la implementación del Acuerdo.

Notas

1. Organización Mundial de la Salud (OMS, 2000), Communicable Diseases 2000 - Highlights of activities in 1999 and major challenges for the future, OMS, Ginebra.

2. Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD, 1996), El Acuerdo sobre TRIPS y los países en desarrollo, UNCTAD, Ginebra y Nueva York.

3. Balasubramaniam, K. (2001), Acceso a los medicamentos: patentes, precios y políticas públicas – La perspectiva de los consumidores, ensayo presentado en el Seminario Internacional de Oxfam sobre Propiedad Intelectual y Desarrollo: ¿Qué futuro para el Acuerdo sobre TRIPS de la OMC?, Bruselas, 20 de marzo de 2001.

4. Organización Mundial de la Salud (OMS, 2001), Globalización, Acuerdo sobre TRIPS y acceso a los productos farmacéuticos, en WHO Policy Perspectives on Medicines, No. 3, Marzo 2001, OMS, Ginebra.

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Cecilia Oh es asesora legal e investigadora de la Red del Tercer Mundo.

Martin Khor es director de la Red del Tercer Mundo.

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Este artículo es un extracto del informe de la Red del Tercer Mundo titulado "TRIPS, Patents and Access to Medicines: Proposals for Clarification and Reform" (Acuerdo sobre TRIPS, patentes y acceso a los medicamentos: propuestas de aclaración y reforma), que contó con la colaboración de Carlos Correa, Bhagirath Lal Das y Chakravarthi Raghavan. El informe completo se puede ver en el sitio Web de la Red del Tercer Mundo: www.twnside.org.sg.






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