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   No. 134 - Junio 2000
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No. 134 - Junio 2000

Normas Comerciales y Laborales

El voto de China y una nueva ronda de negociaciones

por Chakravarthi Raghavan

Si bien en Estados Unidos el voto del Congreso a favor de concederle a China un estatus de Relaciones Comerciales Normales Permanentes fue considerado un revés para el movimiento sindical estadounidense, por otro lado podría propiciar la introducción de vínculos entre normas comerciales y laborales, así como el lanzamiento de una nueva ronda de negociaciones comerciales multilaterales.

El voto del Congreso de Estados Unidos que otorgó a China la condición de Relaciones Comerciales Normales Permantentes y el acuerdo entre China y la Unión Europea han despejado el camino para el ingreso del país asiático a la Organización Mundial de Comercio (OMC). No obstante, China todavía debe culminar negociaciones con varios países, entre ellos Costa Rica, Ecuador, Guatemala, México y Suiza. Y luego tendría que realizar cambios en su legislación nacional para recién entonces firmar el protocolo de ingreso. Todo este proceso podría llevar varios meses.
Esta situación supuso un revés para el sindicalismo estadounidense, por lo que es muy probable que la Unión Europea y Japón aprovechen esa coyuntura para tratar de persuadir a Estados Unidos a que inicie una nueva ronda de conversaciones comerciales con temas nuevos antes de que China se convierta efectivamente en miembro de la OMC, dijeron fuentes diplomáticas.

Hoy igual que ayer

Como en el pasado, se le pedirá al mundo en desarrollo que pague el precio, tanto por incluir los temas nuevos que pretenden la Unión Europea y Japón -a cambio de la promesa de realizar conversaciones serias en agricultura, de interés para Estados Unidos y el Grupo Cairns de países agrícolas exportadores- como por avenirse a los intereses de los sindicatos estadounidenses y europeos creando un foro OMC-OIT-ONU para resolver los vínculos entre comercio y trabajo.
El secretario general de la ONU, Kofi Annan, ha expresado la idea de que el ingreso de China a la OMC fortalecerá la posición de los países en desarrollo en ese organismo. Esto podría ser cierto en la medida en que China fuera miembro y tuviera voz en las discusiones sobre la agenda para una nueva ronda, ya que probablemente se opondría a incluir las normas laborales o los temas de inversión en la agenda de la OMC. Pero en lo demás, China ha cedido tanto terreno en las negociaciones con Estados Unidos y la Unión Europea -en acceso al mercado, textiles y vestido, salvaguardias especiales, antidumping, propiedad intelectual, servicios, entre otros- que es irracional pensar que ayudaría a otros países en desarrollo a resistir a Estados Unidos y la Unión Europea en esos mismos temas.
La OMC es una organización mercantilista en la que cada miembro lucha por imponer sus intereses y defender sus derechos. Allí, los países industrializados siguen una política neomercantilista buscando para sus grandes empresas el acceso a los mercados de los países en desarrollo a través del comercio y la inversión. Por otro lado, ningún país en desarrollo, grande o pequeño, hace otra cosa distinta. Por eso, seguramente China buscará promover sus intereses y defender sus derechos, tratando de que otros países en desarrollo no se aseguren una ventaja más competitiva.

Un foro mundial

La idea de crear un foro en el que participen la OMC y la OIT para abordar las cuestiones de la globalización e infundir coherencia al sistema mundial, fue lanzada por la Unión Europea en Seattle y secundada por el director general de la OIT, Juan Somavía. Posteriormente hubo conversaciones informales en las que participaron el secretario general de la ONU y varios órganos de la misma.
Pero luego la idea se fue encaminando hacia un foro en el que gobiernos, ONGs y otros sectores discutieran los vínculos entre comercio y trabajo, edulcorándola como una instancia de introducir coherencia a nivel internacional en políticas de comercio, finanzas, dinero, trabajo, etc. Se aduce que los derechos laborales impulsados son derechos humanos reconocidos universalmente ("normas laborales básicas") y que no hay intención de eliminar la "ventaja comparativa" de los países en desarrollo en términos de su mano de obra más barata.
Pero no cabe la menor duda de que este es el eslabón fino de la cadena y que en un par de años, se tratará de utilizar a la OMC para "sancionar" a los países del Sur, sin ayudarlos a mejorar las condiciones de millones de desempleados del Tercer Mundo. Ya lo insinuó el presidente de Estados Unidos, Bill Clinton, en una entrevista realizada en Seattle, en ocasión de la última reunión ministerial de la OMC.
La recientemente aprobada Ley 2000 de Comercio y Desarrollo de Estados Unidos demuestra que las "normas" no quedarían en el terreno de los derechos humanos universales y la democracia, sino que avanzarían al de los salarios y otros por el estilo. El acceso preferencial "libre de impuestos y cupos" al mercado estadounidense contemplado en la Ley, abarca no sólo a los países menos adelantados del África subsahariana, sino también a Kenia, Mauricio, Sudáfrica y Zimbabwe (pero no Egipto).
Para beneficiarse de esa situación, los países del África subsahariana deben ser designados como beneficiarios por el presidente de Estados Unidos. La ley estipula que para eso debe determinar que "el país ha realizado o realiza un progreso permanente en la dirección de establecer una economía basada en el mercado, el imperio de la ley, la eliminación de los obstáculos al comercio y la inversión estadounidense, un sistema para combatir la corrupción y la protección de los derechos internacionalmente reconocidos de los trabajadores".
La lista de los derechos de los trabajadores contemplada en la ley incluye "el derecho de asociación, el derecho a organizarse y negociar colectivamente, la prohibición de la mano de obra forzada, edad mínima para el empleo de niños, y condiciones de trabajo aceptables con respecto a salarios mínimos, horas de trabajo y seguridad y salud en el trabajo". Hay que señalar que Estados Unidos no es parte de ninguno de los convenios de la OIT con respecto a estas normas.
Y con relación a los beneficiarios subsaharianos, la ley también estipula que si el presidente decide que un país designado no realiza avances en el sentido referido, se le exigirá que termine la designación del país que le permite recibir los beneficios.
En el caso de los países de América Central y el Caribe, el presidente puede designar a un país beneficiario que tome en cuenta varios criterios, incluso si el país ha demostrado compromiso por asumir sus obligaciones emanadas de la OMC y participar en las negociaciones para la conclusión de la Zona de Libre Comercio de las Américas.
Otro criterio para designar a los países de América Central y el Caribe que recibirían preferencias es el que evalúa el grado en que el país brinda protección a los derechos de propiedad intelectual conforme al Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (TRIPs, por su sigla en inglés), y los "derechos internacionalmente reconocidos de los trabajadores" (los mismos que para los países del África subsahariana).
A los opositores siempre se les pregunta: ¿cuál es su alternativa?. Tal vez una alternativa sea que todos los factores de producción fueran sometidos a la misma forma a pruebas de "lealtad". Si pueden invocarse costos laborales "desleales" (diferenciales) para restringir las importaciones, ¿por qué no se juzga de manera similar el capital diferencial o los costos tecnológicos diferenciales? Si el comercio se manejará en función de las condiciones laborales, por qué no también en función del capital y otros insumos?




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